Otras convocatorias de empleo del Ayuntamiento de Logrosán también podrían ser impugnadas

Por aparecer como requisito en las bases del concurso «estar empadronado en Logrosán» contrario al principio de igualdad amparado por el artículo 14 y 23.2 de la Constitución Española.

requisito domiciliadoEncontramos otras convocatorias, algunas muy recientes como la de finales de abril referente a la contratación de cuatro peones de servicios múltiples, en la que también se exige el empadronamiento de la localidad como requisito ineludible para acceder al puesto ofertado. Esta ha sido la causa de la impugnación de la plaza de monitor deportivo tal y como informaba LAD ayer mismo. 

La Constitución española afirma en su artículo 14 que los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. El artículo 23,2 por su parte dice que los españoles tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.
Además, está recogido en el art. 55 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). El artículo 56 de este mismo estatuto establece los requisitos que hay que exigir a los aspirantes estableciendo estos requisitos de modo taxativo y entre ellos no está en lugar de nacimiento, sólo exige  «tener la nacionalidad española».
Al final de este artículo se dice que las administraciones públicas en el ámbito de sus competencias, a la hora de seleccionar personal, podrán exigir el cumplimiento de otros requisitos específicos que guarden relación objetiva y proporcionada con las funciones asumidas y las tareas a desempeñar, pero «en todo caso habrán de establecerse de manera abstracta y general» pero nunca particular de haber nacido en un municipio determinado, por ejemplo.

5 comentarios to “Otras convocatorias de empleo del Ayuntamiento de Logrosán también podrían ser impugnadas”

  1. Bueno, pero al final que pasa con esto?? La oposición tendrá que hacer algo no.

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  2. También que si tienes prestación aunque te quede un mes no nos podemos presentar este ayuntamiento que es transparente y de igualdad me meó

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  3. Entonces ya que quitais lo de estar empadronado en logrosan deberías de quitar a los que estamos en paro y cobramos prestación ya que segun ese artículo todos somos igualé ante la ley .

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  4. Bombaaaaaaaaaaaaaaaa!!! Madres de dios, esto se pone interesante

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