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28/09/2010

Charla informativa para empresarios y trabajadores empleados y desempleados de la construcción.

Según determina el Convenio General del Sector de la Construcción 2007-2011, esta tarjeta será obligatoria para todos los profesionales del sector de la construcción a partir del 31 de diciembre de 2011.
Se trata de un documento mediante el cual se acreditan, entre otros datos, la formación recibida por el trabajador del sector en materia de riesgos laborales así como su experiencia laboral.
El titular de la Tarjeta Profesional de la Construcción tendrá el derecho a la exención del periodo de prueba en los contratos fijos de obra u otra modalidad de contrato temporal para los trabajos de su categoría profesional, y siempre que acredite su cumplimiento en cualquier empresa anterior; a la validez del reconocimiento en materia de vigilancia en la salud con el límite de un año para el mismo puesto o actividad y a acceder, rectificar o actualizar los datos que figuren en su expediente y obtener las certificaciones relativas a los mismos.

Reproducción literal de comentario anónimo de un lector a este información.