El Ayuntamiento ya ha publicado las bases para solicitar las ayudas a familias.
El punto número uno de las instrucciones que aparecen en el documento para solicitar esas ayuda especifica que «Son ayudas para la atención de necesidades básicas de la población como adquisición de productos alimenticios de primera necesidad (leche, pan, arroz, legumbres, etc.), productos básicos de higiene (jabón, productos de limpieza, e.), productos necesarios para la higiene y alimentación de los bebés y medicamentos y/o tratamientos por prescripción médica.»
Las ayudas están destinadas a personas con necesidades perentorias que no hayan sido favorecidas por otras ayudas con la exigencia de que las unidades familiares de los solicitantes carezcan de recursos económicos iguales o inferiores al 60 % del IPREM ANUAL, para un máximo de dos personas aumentándose en un 5% por cada miembro que exceda de esa cantidad máxima, mientras dure la situación de emergencia sanitaria y sus efectos más próximos.
La solicitud de ayuda de emergencia social se presentará, preferentemente, por vía telemática a través del correo electrónico ssbvilluercas01@yahoo.es
Debe estar conectado para enviar un comentario.