Según informa la inspección de trabajo y seguridad social, la recogida de aceitunas se puede realizar como tradicionalmente. No obsatante se recuerda la prohibición de realizar estos trabajos a desempleados que perciban alguna prestación sin la correspondiente comunicacion al SEXPE.
Aquellas personas para las que los ingresos por el rendimiento de la recogida de aceitunas suponga una cantidad superior al salario mínimo interprofesional en cálculo anual (8.979,60€) deberán cumplir con las normas laborales y de seguridad social.

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